picture-11.jpgEstas glosas se basan en mi propia experiencia y en la consulta del Diccionario de autoridades; la metrología se obtuvo principalmente de Claude Morin, Michoacán en la Nueva España del siglo XVIII. Agradezco a Luis Ramos por su asesoría en varios términos de derecho canónico y a Rosa Lucas por su auxilio en algunas locuciones latinas. Si tiene alguna adición, corrección o duda, agréguela como comentario; se agradecerán debidamente.

Acedía. Ponerse agria o avinagrada una cosa; metafóricamente, disgusto, desazón.

Ademador. En las minas, trabajador encargado de realizar los “ademes” o labor de apuntalamiento de los tiros y galerías.

Adviento. Periodo del año litúrgico correspondiente que se iniciaba el domingo más cercano a la fiesta de San Andrés, el 30 de noviembre, y concluía con la vigilia de Navidad. Constituía un tiempo de ayuno, penitencia y oración.

Agostaderos. Zonas de pastos o dehesas donde se conducía el ganado en verano, o en México, en la estación de secas. Se utilizaban asimismo para este fin las tierras donde ya se habían levantado las cosechas.

Alcabala. Impuesto al consumo que se cobraba al pasar las mercancías de una a otra jurisdicción.

Alcance. Cantidad que, según las cuentas, queda a deber una persona. De ahí que se diga “estar alcanzado”.

Alhóndiga. Granero municipal e institución de control y comercialización del abasto del maíz.

Almojarifazgo. En Nueva España, derecho que se pagaba en los puertos a la entrada y salida de mercancías.

Almoneda. Remate o venta pública de bienes, generalmente por mandato judicial.

Arancel. Tarifa, aprobada por los obispos, utilizada por los párrocos para el cobro de servicios a los feligreses. El concepto es distinto al de tasación (véase)

Arbitrios. Derechos o impuestos establecidos por los ayuntamientos para financiar sus obligaciones y gastos.

Arancel. Tarifa, aprobada por los obispos, utilizada por los párrocos para el cobro de servicios a los feligreses. El concepto es distinto al de tasación (véase)

Arcediano. Dignidad eclesiástica de las iglesias catedrales, siguiente al deán en importancia.

Asiento y capitulación. Contrato que especificaba obligaciones y derechos de los signatarios.

Asientos. Los “asientos” eran contratos por los cuales el rey concedía a un particular (el “asentista”) el derecho de administrar y recaudar los derechos correspondientes a un ramo de la real hacienda, como el impuesto sobre el pulque.

Atarazanas. Astillero y arsenal naval; fortificación.

Atecas. También llamados achicadores; trabajadores ocupados de extraer el agua de las minas.

Audiencias pretoriales. Las presididas por un gobernador, como era el caso de la de Guadalajara.

Aviadores. Decíase de los empresarios (generalmente comerciantes) que proporcionaban capital o bienes a préstamos a otros, a lo cual se llamaba el “avío”. Es típico, pero no exclusivo, de la minería.

Ayuda de costa. Pensión otorgada por la Real Hacienda a algún funcionario, persona de mérito o institución.

Azogue. Nombre dado al mercurio, utilizado sobre todo en el proceso de refinación de la plata.

Balché. Bebida alcohólica de uso común entre lo indios de Yucatán, producida con la fermentación de la corteza del árbol de este nombre, agregándosele miel.

Baquiano. En América, y en particular en el Río de la Plata, es el conocedor de la tierra y los caminos, que por lo mismo era solicitado como guía. En la Nueva España, en cambio, era el nacido en la metrópoli pero que por su largo tiempo de residencia era considerado como “de la tierra”, o identificado con los intereses locales.

Barretero. En las minas, operario dedicado a la extracción de mineral con pico y barreta; era un trabajador calificado, mejor retribuido que los peones dedicados a acarrear agua o minerales.

Bastimentos. Alimentos, provisiones en general.

Borrasca. En minería, el hecho de perderse la veta.

Bufete. Mesa utilizada para escribir o leer.

Bulas de Santa Cruzada. Documentos que se vendían a los feligreses, que permitían obtener determinado número de días de indulgencia en el Purgatorio. El nombre viene de que en sus orígenes supuestamente se destinaba al financiamiento de las Cruzadas. La recaudación y el beneficio fue concedido por el papa a los reyes de España, en virtud de sus guerras contra los “moros”. La concesión fue extendida a Indias en 1573. Por tanto, constituía un ramo de la Real Hacienda.

Caballería. Medida agraria de superficie equivalente a 42.8 hectáreas.

Cabecera. Población que era “cabeza” de un distrito civil o eclesiástico. En particular se aplica a los pueblos de indios reconocidos como “cabeza” de una república de naturales (véase), con su gobernador, cabildo y poblaciones menores dependientes.

Cabezón, encabezonamiento. El “cabezón” era el contrato establecido entre el rey y una corporación o persona particular a la cual se concedía la administración y recaudación de un ramo de la real hacienda, como el impuesto de la alcabala; se remataban en pública subasta y se concedían a quien ofrecía mejores condiciones y posturas. El beneficio se hallaba en la diferencia entre lo que ofrecía pagar al rey y lo que obtenía del público. A esta práctica también se le denominaba “encabezonamiento” (de poner “en la cabeza de”).

Caciques. Indígenas reconocidos por la Corona como descendientes de los principales señores de la época prehispánica, y por tanto poseedores de privilegios de honra, exención de servicios personales y de tributos. Los más importantes recibieron en el siglo XVI rentas, tierras e incluso encomiendas. Posteriormente el de cacique pasó a ser un título meramente honorífico.

Caja de comunidad. Caja, generalmente con tres llaves depositadas en otras tantas autoridades para mayor seguridad, donde se depositaban los fondos provenientes de los propios y otras rentas de los pueblos de indios. Por extensión, el conjunto de bienes y derechos cuyo producto se guardaban en las mencionadas cajas.

Calpisque o calpixque. Hispanización de una voz nahua equivalente a mandón; funcionario indígena designado para organizar el trabajo personal y recoger el tributo.

Canónigo. Eclesiástico adscrito a una iglesia catedral, y que disfrutaba el beneficio de una canonjía o prebenda

Capa pluvial. Prenda de uso entre los obispos y sacerdotes en actos de culto, con un escudo en la espalda y una ancha cenefa en el borde delantero.

Capellanía. Derecho vitalicio a una renta anual que recibía un clérigo, proveniente de una obligación sobre ciertos bienes inmuebles establecida por el fundador. Implicaba la obligación perpetua de celebrar ciertas misas.

Capitán. En las minas, trabajador responsable de organizar y supervisar el trabajo.

Casas de comunidad. Edificio donde se reunían las autoridades indígenas; muchas veces incluían asimismo el archivo, cárcel y bodega donde se almacenaba el maíz que debía pagarse como tributo

Casas reales. Edificio donde residían las autoridades españolas. En el caso de los indios, se habla de casas de comunidad (véase)

Censo. Obligación impuesta sobre una propiedad inmueble, que implicaba el pago de un canon o rédito anual. En la iglesias, mueble donde los feligreses depositaban las limosnas.

Cepo. Instrumento de madera, donde se aprisionaba ya sea la cabeza o los pies del reo, ya fuese para su exhibición pública o para impedir la huida. En las iglesias, mueble donde los feligreses depositaban las limosnas; también conocido como “cepillo”.

Colleras. Instrumento que sujetaba el cuello de los prisioneros, de forma tal que debían caminar en fila. Por extensión, el conjunto de reos que eran enviados a determinada prisión.

Color quebrado. Mestizo o mulato; cualquier individuo que no pareciera enteramente blanco.

Chantre. Prebendado de la catedral que dirigía el coro en los responsos e himnos.

Chiltomin. Parte de la retribución que se daba a los peones de las haciendas, consistente en dinero en efectivo; también llamada “ración” o “dinero de bolsillo”.

Comedio. Intermedio, o espacio que media entre uno y otro punto.

Coroza. Capirote de papel en forma de cucurucho que se ponía a los sentenciados por la Inquisición en los autos de fe, con figuras que aludían a su delito.

Curas. Los beneficiados eran clérigos que mediante un concurso de oposición obtenían una parroquia como beneficio absoluto y sin límite de tiempo, siempre que cumplieran con sus obligaciones. Los vicarios eran los ayudantes o tenientes de los curas párrocos, especialmente donde la parroquia era muy extensa o rica o era necesario el conocimiento de una lengua indígena que no dominaba el beneficiado. Los coadjutores eran asimismo ayudantes del cura párroco, pero a diferencia de los vicarios tenían un nombramiento que venía del obispo o contaba con su aprobación; tenían asimismo mayores ingresos y autoridad.

Damnificar, dañificar. Causar daño.

Deán. Dignidad de las iglesias catedrales, que presidía el cabildo eclesiástico en ausencia del obispo.

Defender. Además de su sentido moderno, vale también en esta época por “prohibir”

Dehesa concejil. Superficie de pastos destinada al beneficio colectivo de los vecinos.

Dende. Desde ahí.

Derrama. Contribución temporal o extraordinaria que se recauda forzosamente entre muchas personas. La expresión usual era “echar una derrama”.

Desautoridad. Lo contrario a la autoridad.

Deservicio. Lo contrario al servicio, particularmente del rey y de Dios.

Diácono, subdiácono. Personas que han recibido las órdenes mayores, que los incorporan al orden eclesiástico sin que puedan aún desempeñar funciones sacerdotales que requerían la ordenación como presbítero. Los subdiáconos se desempeñaban habitualmente como asistentes en las misas y como maestros de doctrina de los niños; los diáconos además solían predicar durante los servicios.

Diezmo. Contribución que se cobraba para el sostenimiento de la Iglesia sobre todos los productos agropecuarios, equivalente a un décimo de la producción. Los indígenas estaban exentos siempre que no cultivaran productos europeos.

Dignidades. Los beneficios eclesiásticos de las iglesias catedrales, como los de deán, arcediano, chantre, maestrescuela y tesorero.

Doctrineros. Los religiosos de órdenes regulares que se desempeñaban como párrocos en pueblos de indios.

Ducados. Moneda “de cuenta” o de referencia utilizada en las ordenanzas y otras disposiciones; en la práctica, se recurría a convertir esta cantidad en monedas “corrientes”.

Ejido. Bienes (pastos, bosques, canteras) concedidos a las villas y ciudades para utilización común de los vecinos. No debe confundirse con el significado aparecido en el siglo XX, que identifica el conjunto de tierras, aguas y bosques concedido a los ejidatarios para el asentamiento de su población, división en parcelas y usos comunes.

Embijes. Pintura corporal, particularmente la utilizada por los indios de la frontera norte del virreinato.

En faz de la Iglesia. Ante la Iglesia; dícese especialmente de los matrimonios celebrados de acuerdo a las ceremonias establecidas.

Esclavonía. Esclavitud; también conjunto de esclavos.

Español. A diferencia del uso contemporáneo, “español” era todo aquel que era originario o descendía de españoles, y que por lo mismo se distinguía de indios, mestizos o negros. Un español podía ser tanto originario de Barcelona como de Guanajuato.

Estancia. Población indígena menor, dependiente de una cabecera. ____de ganado. Unidad para la medición de superficie de pastos, que inicialmente excluía su utilización agrícola; la de ganado mayor equivalía a 1750 há., y la de ganado menor a 780 há.

Estanco. Monopolio de la venta de algún producto, generalmente en beneficio del Estado. Asimismo, establecimiento donde se expenden al público las mercancías que administra el estanco.

Excomunión mayor, o latae sententiae. Excomunión amplia, que excluye al afectado de la comunión con los creyentes, inhabilita para recibir sacramentos y para ejercer el ministerio. Se produce por el mismo hecho de cometer el acto censurado, sin necesidad de declaratoria expresa.

Exequibles. Asequibles, oportunas, realizables.

Extravagante. Que está fuera de su lugar, en particular en relación a los indígenas que vivían fuera de sus pueblos.

Factor de su majestad. En el siglo XVI, recaudador de las rentas reales.

Fanega. Unidad de capacidad equivalente a 55.5 litros; por extensión, unidad agraria donde podía recogerse esta cantidad de cereales. La fanega de sembradura de trigo variaba entre 3.5 y 5.3 há.

Faraute. Persona que actúa de mensajero o mediador entre personas; por extensión, intérprete.

Fiel. Funcionario designado por un ayuntamiento para aprobar, reglamentar y vigilar el uso de los pesos y medidas, así como los precios y calidad de las mercancías que se expenden al público.

Frontal. El paramento de materia preciosa con el que se cubre y adorna la parte delantera de la mesa del altar.

Fuero. Conjunto de leyes y privilegios aplicables a un grupo en particular, sea de oficio (como el eclesiástico y militar) o de nación (como los vascos).

Fundo legal. Las tierras cultivables concedidas por la Corona a cada pueblo de indios, por el hecho de ser tal y con independencia de cualquier otro título, para casas y parcelas de cultivo. En el centro del virreinato era de 600 varas en cuadro, o sea aproximadamente 101 hectáreas; en las fronteras llegaba a ser un cuadrado de 2 leguas por lado. No debe confundírselo con los “propios” o con la noción contemporánea de ejido.

Gajes. Las propinas y servicios tales como comida, alojamiento, exigidos por las autoridades, particularmente jueces en comisión. De aquí viene la expresión de “gajes del oficio”.

Galeras, galerías. En la minería, túnel que recorre el yacimiento siguiendo la dirección de las vetas.

Gentiles. Los paganos en general, y en la Nueva España indígenas no convertidos al cristianismo.

Granjería. Cualquier actividad lucrativa.

Hermandad o hermandad general. Cuerpo de vigilancia rural, que en la Nueva España fue absorbido por los ayuntamientos; es antecedente del Tribunal de la Acordada.

Hijosdalgo. Hidalgo, persona que pertenece a un linaje reconocido como noble, exenta por lo mismo de ciertas contribuciones cobradas generalmente a todos los súbditos.

Horas canónicas. Las horas de oración previstas en los monasterios benedictinos para los distintos oficios divinos. Por extensión, identifican las diferentes partes del día. Eran los maitines (medianoche), laudes (3 de la mañana), prima (alba, aproximadamente a las 6 de la mañana); tercia (las 9 de la mañana); sexta (las 12); nona (las 3 de la tarde); vísperas (el atardecer, aproximadamente a las 6) y las completas (a las 9 de la noche, marcando el fin del día). Las oraciones de primas y vísperas eran usualmente llevadas a cabo también por los laicos.

Idiota. En esta época, persona que no sabe leer ni escribir.

Islas de Barlovento. El conjunto de islas que actualmente se denominan Pequeñas Antillas.

Justicia. Como sustantivo, alude al funcionario que representa la justicia del rey en determinado lugar.

Leguas. Medida de longitud de extensión variable, que en Nueva España equivalía aproximadamente a 4.200 m.

Lengua (en referencia a una persona). Traductor.

Limpieza de sangre. Requisito establecido para ciertos cargos y dignidades, que obligaba al solicitante a probar que sus padres y abuelos no habían sido musulmanes, judíos o procesados por la Inquisición.

Lumbrera. En minería, el túnel que va hacia la superficie, destinado a introducir aire o desaguar las galerías.

Macehual. Indígena del común, que no era miembros de la nobleza, y por tanto debía contribuir con la totalidad de tributos y servicios personales. La voz es de origen nahua, pero llegó a utilizarse en otros contextos lingüísticos.

Maravadises. En Nueva España, moneda “de cuenta” equivalente a la trigésima cuarta parte de un real, que era utilizada par calcular multas o pensiones en las monedas “corrientes”, como el peso y los reales.

Memorial. Petición presentada ante una autoridad para pedir una merced o gracia, haciendo “memoria” o relación de los méritos o motivos pertinentes.

Merced. Dádiva, beneficio o concesión que se hace a un súbdito. En particular, concesión de tierras. (Su _____) Fórmula de cortesía utilizada cuando la persona no tenía un título o dignidad que determinara otras formas de trato.

Misa ____cantada o mayor: la que dice el sacerdote auxiliado por un diácono, utilizando música; ___con acompañados: la que dice el sacerdote con la colaboración de oficiantes seglares; ___ de mandato: la que forzosamente debía celebrarse en ocasión de alguna festividades religiosa importante; ___rezada: la que se dice sin música, generalmente por un solo oficiante.

Naborío. Indígena separado de su pueblo, que servía a los españoles.

Nahuatlato. Que habla nahuatl; por extensión, traductor de este idioma.

Novena. Devoción privada o pública, consistente en nueve días consecutivos de oración para obtener alguna gracia o intención.

Novísimos. En el catolicismo, las postrimerías del hombre: muerte, juicio, infierno y gloria.

Nuevamente. A diferencia de la acepción actual, quería decir “novedad, cosa no realizada o existente anteriormente”.

Obvenciones. Los derechos que los curas párrocos recaudaban por cada servicio prestado a sus feligreses

Octava. La prolongación de una fiesta litúrgica durante una semana. El caso más conocido era la “octava de corpus”

Oficiales. Los funcionarios del rey.

Oficios de pluma, de toga y de espada. El servicio del rey se dividía en oficios “de pluma” (los puestos burocráticos en general), “de toga” (que requerían conocimientos jurídicos) y “de espada”, esto es, los que tenían funciones militares.

Parcialidad. La parte o fracción de un conjunto de personas; específicamente se aplicaba a repúblicas de indios que por motivos geográficos o históricos estaban estrechamente relacionadas entre sí, aunque cada una tuviera un gobierno propio. El caso más conocido es el de las “repúblicas” de San Juan Tenochtitlan y Santiago Tlatelolco. En Hispanoamérica era común utilizar el término para referirse a cualquier asentamiento indígena; en el ámbito quechua o aymará, en cambio, se aplicaba a las subdivisiones del ayllu o comunidad de parentesco con ascendencia común, que poseía un territorio de forma colectiva.

Partido. En las minas, cantidad de metal que excedía al tequio o tarea, que se dividía entre el empresario y el trabajador.

Pechos. En sentido genérico, impuesto o contribución pagada al rey.

Pena de galeras. Servicio forzoso en la flota real, que en el Mediterráneo estaba compuesta básicamente por galeras, o barcos de remos.

Peso. Moneda de uso corriente; el común equivalía a ocho reales. El peso de oro “de minas” era moneda “de cuenta” que tenía mayor valor.

Pósito. Granero municipal e institución de control y comercialización del abasto del trigo.

Presidios. Las fortificaciones establecidas para vigilancia de las fronteras. Dado que con frecuencia se condenaba a delincuentes a servir en los presidios, con el tiempo la voz “presidiario” llegó a tener el sentido actual.

Principales. Indígenas reconocidos por la corona como descendientes de los señores de la época prehispánica, o bien ascendidos a tal categoría por sus servicios a la Iglesia o al rey. Había principales que eran asimismo caciques, y otros de segundo rango.

Propios. Fondos pertenecientes en común a un ayuntamiento o cabildo; podían consistir en tierras previstas para este fin al momento de la fundación, o bien diferentes ingresos por concepto de rentas e impuestos.

Provisor (del Obispado). Los provisores eran jueces a cargo de todas las causas que caían dentro de la jurisdicción episcopal. Era frecuente que fuesen asimismo vicarios generales, esto es, representantes autorizados del obispo para todos los asuntos gubernativos de la diócesis.

Pueble. En las minas, cada grupo de trabajadores que ingresaba simultáneamente a la galería para realizar la extracción.

Pueblo de indios. Asentamiento indígena que tenían títulos en los cuales se le mencionaba como tal, iglesia propia y autoridades comunales, y que eran en este sentido distinto a las simples “rancherías”. El reconocimiento oficial como pueblo era importante dado que se les concedía el derecho a un fundo legal (véase).

Quinto real. Impuesto que se cobraba sobre la producción minera; por concesión real, se recaudaba solamente un décimo. La contribución íntegra se mantuvo para los metales preciosos “de rescate”, que se obtenían por concepto de botín o de comercio con los indígenas.

Ración. Rentas que recibían algunos clérigos adscritos al servicio de distintas funciones de las iglesias catedrales; la ración podía ser entera o media.

Rayador. En las minas, trabajador encargado de anotar las jornadas de trabajo; asimismo era responsable de otras labores de organización y supervisión.

Real. Moneda fraccionaria de uso corriente, equivalente a la octava parte de un peso.

Recogedores. En la minería, personas que por comisión de un empresario se dedicaban a capturar reales o supuestos “vagos” para que trabajaran de manera forzada en las minas durante una jornada.

Reforma. En asuntos militares, la “reformación” de plazas es su supresión; también se aplica a los militares retirados o milicianos que habían cumplido su periodo de servicio, a los que se llamaba “reformados”.

Remanecer. Ocurrir u ofrecerse alguna cosa inesperada.

Repartimiento _____de mercancías. Práctica por la cual una autoridad española, generalmente el corregidor o alcalde mayor, vendía mercancías de manera monopólica y forzosa a los indios, y en ocasiones les obligaba a venderle productos de valor mercantil tales como mantas o grana cochinilla, a precios arbitrarios _____de trabajadores. Sistema de trabajo forzado, consistente en que cada población indígena debía aportar semanalmente (por”tandas”) determinada cantidad de trabajadores, bajo supervisión de las autoridades, ya sea para obras públicas o servicio de empresarios españoles. Los trabajadores recibían un salario. Fue abolido en 1632, excepto para el servicio de las minas y trabajos públicos.

República. La “cosa pública”, esto es, el gobierno, familias principales y común de un lugar poblado y reconocido como tal por la Corona. Se aplicaba tanto a las ciudades y villas de españoles como a los pueblos de indios. Por extensión, el conjunto de los súbditos.

República de naturales. Las autoridades indígenas de cada pueblo, encargadas del gobierno, orden público, justicia local, recaudación de tributo, reunión de trabajadores de repartimiento forzoso y asistencia a misa.

Rescate. El “rescate” era lo que se obtenía por medio de comercio con los indígenas, aunque en ocasiones estas transacciones se diferenciaban poco del saqueo.

Retrete. Aposento pequeño y privado de un funcionario.

Romana. Balanza de brazos desiguales; da origen a un verbo, “romanear”.

Sambenito. Capote o sobrevesta con una cruz roja aspada, que llevaban los reos condenados por la Inquisición.

Sede vacante. El periodo que transcurría entre el fallecimiento o remoción de un obispo y el arribo de su sucesor; en estas circunstancias gobernaba el obispado el cabildo catedralicio.

Seno Mexicano. El Golfo de México.

Sisa. Imposición que se cobraba sobre los comestibles que entraban a las ciudades.

Situados. Partidas previstas por la Real Hacienda para sostenimiento de guarniciones y otros gastos gubernamentales en regiones de frontera marítima o terrestre dependientes del virreinato.

Sobrecarta, sobrecartar. Decíase de las disposiciones que mandaban cumplir un mandamiento anterior que por alguna razón no había sido ejecutado.

Sobreseer. Cancelar o declarar que no ha lugar la ejecución de un mandamiento o petición.

Solar. Medida agraria de superficie de extensión variable, correspondiente aproximadamente a un sexto o un cuarto de hectárea; se concedía para edificar casa y huerta en las villas y ciudades de españoles.

Tameme. Cargador indio.

Tapisque, tapia. Indios que trabajaban en servicio de los españoles.

Tasación. Acuerdo entre el párroco y sus feligreses para el pago anual, realizado comunitariamente, de los servicios parroquiales. En este caso no se aplica por tanto el arancel (véase).

Tequio. Nahuatlismo por “tarea”; en la minería, cantidad mínima de mineral que el trabajador debía extraer cada jornada.

Tequitlato, tequitato. Voz nahua; designa un funcionario indígena encargado de la recolección del tributo, al servicio de los gobernadores.

Tiro. En la minería, túnel vertical que comunica las galerías entre sí y con la superficie.

Topil. En nahuatl vara o bastón, más específicamente bastón de mando; por extensión y asociación se denominaba así a un funcionario indígena menor, también mencionado como “mandón” o “topileque”

Trasunto. Copia o transcripción de un documento.

Vara. Medida de longitud equivalente a 0.84 m.

Veedor de su majestad. En los primeros años de la conquista, encargado de la recaudación de las rentas reales.

Vientos. Rumbos o puntos cardinales.

…………………………………………………………….

Consulte también Diccionario para la lectura de textos coloniales en México de Julio César Montané Martí

……………………………………………………………………………

Para citar este artículo: Felipe Castro, “Glosario de voces arcaicas e inusuales en textos coloniales” en blog “Peregrinaciones por el pasado”, en http://felipecastro.wordpress.com/2007/11/17/glosario-de-voces-arcaicas-e-inusuales-de-textos-coloniales/

Publicado el 17 de noviembre de 2007.